En estos tiempos de confinamiento por la COVID-19 el Gobierno ha aprobado y liberado los fondos para una ayuda de financiación a través de líneas ICO para atender las necesidades financieras de autónomos y PYMES (pago de salariosfacturas, necesidades de circulante, necesidades de liquidez por pago de obligaciones financieras y tributarias) avaladas con un porcentaje del 80%.

Si quieres saber cuáles son las características y requisitos que se necesitan, sigue leyendo!

¿Quién gestionará la solicitud?

Todas las solicitudes serán gestionadas por las entidades que tengan firmado un convenio con el ICO. Los tipos de entidades financieras pueden ser:

  • Las entidades de crédito –> bancos y cajas
  • Los establecimientos financieros de crédito –> financieras
  • Las entidades de dinero electrónico tipo Fintech –> crowdvending o crowdfunding
  • Las entidades de pago

¿Qué criterio se usará para estudiar dichas operaciones?

Como siempre se ha echo, las solicitudes serán a través de las entidades financieras (no a través del ICO) como pueden ser bancos, cajas y otras entidades de pago.

Los criterios para su estudio serán los mismos que cualquier otra operación financiera, pero en cuanto a la aportación de garantías serán más flexibles ya que el 80% lo aporta el estado.

Información necesaria:

Información inicial:

Esta información será la necesaria para abrir el estudio de la financiación, consta de:

  • Solicitud formal de la Pyme firmada: es el documento por el cual les das permiso para poder estudiar la financiación.
  • Autorización para CIRBE: mirarán los datos que figuran en el CIRBE sobre la posición de riesgo del solicitante.
  • Modelo de solicitud ICO
  • Posible información de avalistas: para el 20% restante ya que del resto se encarga el estado.

Solicitud de Declaraciones Responsables en cuanto a Ayudas Minimis y límites:

Se trata de ayudas o subvenciones recibidas en los últimos años a PYMES a través de financiaciones del ICO o de bancos de inversión o a través de subvenciones directas del sector. Características:

  • No estar en procedimiento de insolvencia
  • No haber recibido ayudas por más de:
    • 20.000 € sector agrícola
    • 30.000 € sector pesquero
    • 100.000 € sector transporte
    • 200.000 € resto de sectores

Declaración responsable de Ayudas de la Comisión Europea

Son ayudas que se están dando desde la U.E. para esta situación. Se han fijado unos límites que las Pymes no deberían sobrepasar:

  • Se puede solicitar el máximo de financiación hasta estos límites:
    • 1 – Doble del coste de personal de 2019
    • 2 – 25% de cifra de negocio 2019
  • Si se superan estos límites se tendrán que justificar documentalmente las necesidades de tesorería para los próximos 18 meses

Información Fiscal:

Sería el segundo paso. La documentación a aportar sería la misma que cuando se pide financiación a las entidades de crédito:

  • Modelo 390: el resumen anual de IVA del año anterior
  • Modelo 303: la declaración de los últimos trimestres del IVA
  • Modelo 200: El Impuesto de Sociedades del año anterior
  • Modelo 347 : El resumen anual de operaciones > 3.000 € con otros clientes
  • Certificados de estar al corriente de pago de la AEAT y la SS.SS.
  • Posible documentación extra: Modelos 111 y 190 de retenciones IRPF, que corresponden al último trimestre y la declaración anual.

Financiera / Contable:

Tendremos que facilitar también una parte de información financiera o contable que consistiría en:

  • Balances provisionales de cuenta y de PyG. Si no es posible tener esta documentación se podría presentar el cierre de año provisional.
  • Cuentas anuales auditadas o comentadas: Puede favorecer que conozcan los flujos en el balance y las posibilidades de ingresos en PyG
  • Pool bancario: mapa de deudas y posiciones en cada una de las entidades. Indicar también si existe póliza de crédito.
  • Sería recomendable presentar también:
    • Plan de tesorería a 90 días
    • Plan de ventas anual

Documentación complementaria recomendada:

Plan de Contingencia para la COVID-19

Se recomienda facilitar también un plan de contingencia especial para que las entidades puedan ver que se tiene un control sobre esta situación:

  • Medidas laborales: Erte a los empleados si hay o las medidas tomadas para el negocio
  • Medidas productivas: las medidas que se estén tomando para la continuidad del negocio y mejorar la situación.
  • Medidas comerciales: maneras de transformar la venta, seguir manteniendo el rendimiento de la venta…
  • Medidas financieras: comentar la reducción de costes y el plan de financiación

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