¿Qué es un autónomo societario?
Los socios de una sociedad mercantil (SL, SLP, SA, SLU) deben darse de alta como autónomos societarios siempre que tengan el control efectivo de su empresa, es decir, que cumplan alguno de los siguientes requisitos:
- Tener al menos el 25% de las participaciones de una sociedad y que sea parte del equipo directivo desempeñando labores de dirección o gerencia en la misma (Administrador).
- Poseer al menos 33% del capital y trabajar en la propia empresa.
- Pese a no tener participaciones, convivir con un socio que tenga al menos el 50% de éstas.
Sentencias Tribunal Supremo sobre la tarifa plana de los autónomos societarios
Supone la modificación de criterio de la Seguridad Social con respecto a esta figura, por lo que a partir de ahora todos los autónomos que se den de alta y sean parte de una sociedad mercantil, se podrán acoger directamente al derecho de la tarifa plana.
Tres sentencias del Tribunal Supremo, han obligado a la Seguridad Social desde ahora a reconocer formalmente que los autónomos societarios tienen derecho a solicitar y beneficiarse de la bonificación de cuotas de la tarifa plana (sentencia 3887/2019, emitida por un Recurso de Casación a principios de diciembre de 2019, sentencia 286/2020 dictada el 27 de febrero de 2020 y sentencia 315/2020 del 4 de marzo de 2020), por lo que la Seguridad Social va a tener que devolver los importes cobrados de más a dichas personas físicas.
¿Cuánto se devolverá?
El autónomo societario aporta a su cotización en la Seguridad Social mensualmente 367,84€. Desde el ejercicio 2016 si hubiera aplicado la tarifa plana para autónomos, se hubiese ahorrado unos 1.000,00 euros anuales. Por lo tanto, la tarifa de cotización mensual dependiendo del año de Alta como Autónomo societario sería muy inferior.
¿Quién puede reclamar el derecho a la tarifa plana?
Todos los trabajadores por cuenta propia que se dieron de alta en calidad de socio o administrador de una sociedad mercantil, podrán tener derecho a la devolución siempre y cuando se dieran de alta después de septiembre de 2016 (ya que las reclamaciones por ingresos indebidos prescriben a los 4 años).
Además no todos los autónomos societarios pueden solicitarlo, estos deben cumplir los requisitos de tarifa plana en el momento de alta, que varían con el paso de los años.
Para aplicar la tarifa plana, hasta el 31 de diciembre de 2017 se exigía que fuera la primera alta en RETA o que NO hubiera estado dado de alta en RETA en los últimos cinco años. A partir de 2018, el primer requisito se mantiene, aunque se reduce a dos años el tiempo en el que NO debía estar dado de alta previamente a acceder a la tarifa plana; tres años en el caso de que ya hubiera disfrutado de esta tarifa anteriormente.
Resumen de requisitos: Alta autónomos societario a partir de septiembre de 2016 y NO haber estado de alta en el RETA (autónomo) los últimos cinco años (si el alta fue antes de 2017) o 2 años (si el alta fue a partir de 2018, tres en caso de haber disfrutado la tarifa plana anteriormente).
Proceso para reclamar la tarifa plana de los autónomos societarios
Howden pone a su disposición la posibilidad de tramitar la devolución de las cuotas pagadas en exceso mediante su despacho de asesoría de gestión integral para empresas y autónomos “Analyst Commodities”, compañía con la que Howden Iberia tiene un acuerdo de colaboración para dar un servicio 360º a sus clientes. En este sentido, Analyst Commodities realizará un análisis, cálculo de la devolución y posteriormente, tramitará por usted en la Seguridad Social su devolución de forma totalmente electrónica.
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Carlos Barceló
Asesor Responsable del Dept. Fiscal de Analyst Commodities.
“De momento, tenemos un 100% de casos de éxito”.